SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2018-S3

Fecha: 02-May-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco de los acuerdos bilaterales entre Bolivia y Argentina, mediante Documento de Idoneidad 0070-A/2007 de 22 de noviembre, otorgó a la empresa Autobuses “QUIRQUINCHO” S.R.L., cuatro frecuencias por semana en la ruta comprendida entre Santa Cruz (Bolivia) - Buenos Aires (Argentina) y viceversa; instrumento que, mediante Documento de Ampliación de Frecuencias Adicionadas VMT/DGTTFL/USO 1452/08 de 29 de febrero de 2008, se amplió a tres, haciendo un total de siete frecuencias semanales en la ruta mencionada; habiendo el Viceministerio de Transportes, otorgado una primera y segunda prórroga del Documento de Idoneidad 0070-A/2007, en la que se incluyó la totalidad de las frecuencias otorgadas a la empresa; es decir, siete frecuencias por semana.

El 14 de junio de 2017, solicitó al Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre del Viceministerio de Transportes, fotocopias legalizadas en tres ejemplares, del Documento de Idoneidad 0070-A/2007 y de los Documentos de Ampliación de Frecuencias VMT/DGTTFL/USO 1452/08 y VMT/DGTTFL/USO 2320/08 de 27 de marzo de 2008; además solicitó se expida un solo documento en el que se fusione las siete frecuencias de las que es titular la empresa de Autobuses “QUIRQUINCHO” S.R.L.; empero, a la fecha de interposición de esta acción tutelar no fueron expedidos.