SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2018-S3

Fecha: 02-May-2018

II.8.

II.8.  El Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, por Nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0219/2017 de 25 de octubre, en atención a la Nota de 23 de agosto de 2017, por la cual la empresa accionante solicitó la fusión de siete frecuencias de la que es titular, hizo notar a su representante legal, que “…no se podrá dar curso a su solicitud, siendo que no se emite por segunda vez un Documento de Idoneidad en el que se fusionen las (7) siete frecuencias Santa Cruz (Bolivia) – Buenos Aires (Argentina) y viceversa y no existe el tipo de trámite de Fusión de Frecuencias en el Manual de Procesos y Procedimientos de la USO ni tampoco en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre -ATIT” (sic [fs. 116]).