SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2018-S3

Fecha: 02-May-2018

II.5.

II.5.  Marco Antonio Delgadillo Rojas, Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre del Viceministerio de Transporte dependiente del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, por Nota CAR/MOPSV/VMT/DGTTFL/USO 0153/2017 de 24 de agosto, aclaró al representante legal de la empresa Autobuses “QUIRQUINCHO” S.R.L., que las fotocopias legalizadas deben ser solicitadas mediante formulario de legalizaciones previamente llenados y firmados por el representante legal de la empresa haciendo notar que “…no es procedente la emisión de un nuevo documento de Idoneidad Nº 0070-A/2007 en el que se fusionen las siete (7) frecuencias Santa Cruz (Bolivia) – Buenos Aires (Argentina) y viceversa, siendo que no existe el tipo de trámite de fusión de frecuencias ni el Manual de Procesos y Procedimientos de la USO ni tampoco en el Acuerdo de transporte Internacional Terrestre –ATIT” (sic [fs. 8]).