SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2018-S3

Fecha: 07-May-2018

El Estado tiene la obligación de garantizar y proteger estos derechos

En tal contexto, la naturaleza y fin del salario es cubrir las necesidades vitales del trabajador y su familia en forma diaria; y, su pago oportuno reviste gran importancia, pues de mantenerse impago -considerando que en la mayoría de los casos es la única fuente de ingresos del núcleo familiar-, se afectan de forma negativa los medios de subsistencia, del trabajador y su familia (y en este caso particular del hijo en estado de gestación o menor de un año), con la consecuente incidencia en los derechos a la salud y la vida. Precisamente, en torno lo expuesto precedentemente, siendo la minoridad un sector de atención prioritaria y directamente afectado, conforme el art. 13 del Código del Niño, Niña y Adolescente abrogado (CNNAabrg): “Todo niño, niña y adolescente tiene derecho a la vida y a la salud. El Estado tiene la obligación de garantizar y proteger estos derechos, implementando políticas sociales, que aseguren condiciones dignas para su gestación, nacimiento y desarrollo integral” (las negrillas fueron añadidas).