SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2018-S3

Fecha: 07-May-2018

requieren una medida urgente

En este orden de ideas, la procedencia del amparo constitucional se evidencia por la necesidad de un mecanismo célere y expedito que permita dirimir esta clase de conflictos, en los cuales se vea inmerso un sujeto que merezca especial protección, como es el caso de la madre gestante o el menor de edad que se encuentra en una etapa importante (sino vital) de su desarrollo en la que su debilidad es manifiesta (no puede defender sus derechos por sí mismo); de forma que, la procedencia de la tutela en estos asuntos como mecanismo preferente, se justificó comprendiendo que si bien en la jurisdicción ordinaria existe un mecanismo para resolver las pretensiones, este no tiene un carácter sumario para restablecer los derechos de sujetos de especial protección constitucional que, amparados por la estabilidad laboral reforzada, requieren una medida urgente de protección y un remedio integral; consecuentemente, se dejó claramente establecido que las acciones ordinarias pueden resultar inidóneas e ineficaces para brindar ese remedio integral sobre la problemática en cuestión.