SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2018-S3

Fecha: 07-May-2018

resulta aquél que acoja el estándar más alto de protección

Consecuentemente, se tiene que la SCP 2233/2013 de 16 de diciembre, ha entendido que el precedente constitucional en vigor, resulta aquél que acoja el estándar más alto de protección del derecho fundamental o garantía constitucional invocado, de forma que en la jurisprudencia no únicamente el criterio temporal define la vigencia de un precedente; sino que, sobre todo se debe aplicar aquel que se constituya en un mejor protector del derecho; y, en tal sentido, la antigua línea jurisprudencial que disponía el pago de los salarios devengados a tiempo de conceder la tutela en casos de inamovilidad de madres o padres progenitores de un niño o niña en estado de gestación o menor de un año, aplicaba implícitamente el estándar de protección más alto; en consecuencia, mediante la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se hace necesario reconducir el anterior entendimiento y restablecer la jurisprudencia constitucional previa, respecto a madres y padres progenitores de un infante en gestación o menor de un año, en aras de garantizar la naturaleza y esencia del derecho al salario a partir de las finalidades que cumple, estableciendo que la tutela debe conceder el pago de los sueldos devengados (las negrillas son nuestras).