SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2018-S3

Fecha: 15-May-2018

Fragmento 18

Al respecto, los Vocales demandados, en el Auto de Vista cuestionado, luego de efectuar un relato del hecho, indicaron que la adquisición de los motores electrógenos no se enmarca a lo establecido en el art. 33 del DS 27328 referente a la modalidad por excepción y que no fue suscrita por las Máximas Autoridades; por lo que se aprecia que las autoridades demandadas, efectuaron una clara y concisa explicación, al señalar que esta modalidad por excepción no correspondía para su adjudicación a la empresa “ROGHUR” S.A.; más aún si no se encuentra contemplada en la gama de operación anual y tampoco reprogramada en la ejecución de la disposición temporal de la ex Prefectura del departamento de Beni.