SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2018-S3

Fecha: 15-May-2018

III.2. Restricciones de la jurisdicción constitucional respecto a la valoración de la prueba

La SCP 0946/2017-S2 de 18 de septiembre, señaló: «Al respecto, la SCP 0564/2016-S2 de 21 de marzo, indicó: “Con ese razonamiento la SCP 0695/2012 de 2 de agosto, estableció: ‘…la acción de amparo constitucional, no está instituido como una instancia procesal de revisión de las resoluciones pronunciadas dentro de los procesos ordinarios o administrativos que el ordenamiento jurídico prevé, que no es una instancia que forme parte de las vías legales ordinarias, lo que significa que esta acción tutelar se encuentra abierta respecto a los actos u omisiones que lesionan derechos y garantías fundamentales, pero de ningún modo se activa para analizar el fondo del proceso”’.