Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2018-S3
Fecha: 15-May-2018
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de motivación, congruencia y valoración de la prueba, y a la propiedad privada; por cuanto las autoridades demandadas, no efectuaron una valoración de la prueba aportada por las partes, al pronunciar el Auto de Vista 064/2017 de 10 de mayo, para establecer la concurrencia o no de su probable autoría en los hechos; y la calificación arbitraria de los delitos denunciados; no realizando la fundamentación e interpretación de los arts. 123 y 124 del CPP, al momento de pronunciar dicha Resolución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Restricciones de la jurisdicción constitucional respecto a la valoración de la prueba
- la jurisdicción constitucional no puede ingresar a valorar la prueba producida durante el proceso, por cuanto esa labor corresponde exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales ordinarias y no así al Tribunal Constitucional dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casación
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- ii)
- iii)
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- c)
- CONFIRMAR