Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2018-S4
Fecha: 21-May-2018
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela y se disponga que el Consejo Universitario de la entidad demandada, pague en setenta y dos horas a la empresa demandante, la suma de Bs5 507 183,69 o en su defecto, Bs743 623,59 (setecientos cuarenta y tres mil seiscientos veintitrés mil 59/100 bolivianos) por la Planilla 6 del Contrato de “CONSTRUCCION CENTRO INFANTIL-UPEA”, la cual fue aprobada por la entidad contratante y facturada por la empresa, más Bs589 609, 83 (quinientos ochenta y nueve mil seiscientos nueve 83/100 bolivianos) por la Planilla 8, aprobada por el supervisor, por la ejecución de la “CONSTRUCCION CONCLUSION EDIFICIO EMBLEMATICO Y PARANINFO UNIVERSITARIO EL ALTO - UPEA”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. La subsidiariedad de la acción de amparo constitucional y los límites de su activación
- “
- III.2. Resolución de los contratos administrativos en el marco del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Medios de impugnación
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento, previa antes de la activación de la justicia constitucional a través del amparo constitucional
- conceder en parte
- REVOCAR