SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2018-S4

Fecha: 21-May-2018

II.7.

II.7.    Por la Nota Externa N.E./MAE/ 0258/2016 de 13 de septiembre, la UPEA hizo conocer a la empresa peticionante de tutela, su intención de resolver el contrato “Construcción Conclusión Edificio Emblemático y Paraninfo Universitario EL ALTO-UPEA” UPEA–CBS 059-B/2014 de 27 de noviembre, con la que dan inicio a su propio proceso de resolución del contrato, amparado en la Cláusula Vigésima Primera, Punto 21.2.2, inc. c), d) y c), “…dada la suspensión de los trabajos sin justificación, por más de 20 días calendario continuos, sin autorización escrita del Supervisor; e) Por incumplimiento en la movilización a la obra, de acuerdo al Cronograma del equipo y personal ofertados…” (sic.); así como por incumplimiento injustificados del Cronograma de Ejecución de Obra sin que el contratista adopte medidas necesarias u oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión de la obra dentro del plazo vigente (fs.71).