Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2018-S4
Fecha: 21-May-2018
II.2.
II.2. A través del Contrato Administrativo Modalidad Invitación Directa “Construcción Conclusión Edificio Emblemático y Paraninfo Universitario El Alto UPEA” UPEA–CBS 059-B/2014 de 27 de noviembre, conforme a las normas y regulaciones de contratación establecidas en el DS 0181, la empresa “Ávila Copa Sociedad Accidental” asumió el compromiso de ejecutar hasta su conclusión total el mencionado proyecto en predios de la Universidad Pública de El Alto, con estricta sujeción a los términos, especificaciones técnicas y demás estipulaciones establecidas en el contrato y los documentos que forman parte del mismo (fs. 43 a 65).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. La subsidiariedad de la acción de amparo constitucional y los límites de su activación
- “
- III.2. Resolución de los contratos administrativos en el marco del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Medios de impugnación
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento, previa antes de la activación de la justicia constitucional a través del amparo constitucional
- conceder en parte
- REVOCAR