DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2018

Fecha: 20-Jun-2018

Con relación al art. 127

Ahora bien, analizado el texto reformulado del art. 127, se evidencia que el alcance normativo de dicha disposición no hace una clasificación de los bienes del Estado, sino que su actual contenido es regulatorio; es decir, que no realiza una clasificación de un bien del Estado, por lo que dentro del marco de la regulación la entidad autónoma se hará cargo de la administración de esos bienes, dentro del ámbito jurisdiccional previsto en el art. 272 de la CPE.