SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2018-S1

Fecha: 16-Jul-2018

II.9.

II.9.  Por Auto de 31 de mayo de 2017, Ana María Villa Gómez Oña y Víctor Guaqui Condori, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy demandados-, denegaron la solicitud de complementación bajo el siguiente argumento: “… la aclaración, enmienda y complementación, se encuentra instituida como un medio por el que la parte denunciante privada o pública, o la parte demandada, pueden solicitar al Tribunal la explicación de algún concepto oscuro, corrija errores materiales o subsane alguna omisión de la resolución dictada sin alterar lo sustancial del fallo, lo que significa, que no son medios para el Tribunal cambie su decisión en el fondo tal como prescribe la normativa legal”          (sic [fs. 189]); mismo que fue notificado al ahora accionante el 8 de junio del indicado año (fs. 154).