0433/2018-S1 de 17 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0433/2018-S1 de 17 de agosto

Fecha: 17-Ago-2018

Fragmento 35

Lo propio sucede con el presupuesto de la legitimación pasiva, debido a la flexibilización tanto excepcional como del principio de preclusión para personas que no fueron expresamente demandadas; toda vez que, no es posible exigir la identificación de todas las personas que incurrieron conjuntamente con el Secretario de Justicia Emeterio Chuquimia Quispe y su esposa –ahora demandados– en la ejecución de las medidas de hecho y agresiones verbales, físicas así como el corte de energía eléctrica suscitados el 6 y 8 de enero de 2018, además de la decisión de enviar notas a la comunidad vecina de Collpani para no recibirles, ciertamente resultó vulnertorio de derechos, no siendo razonable exigir al impetrante de tutela ante este tipo de actos, la identificación de todos los intervinientes en el hecho, a quienes no se aplica la preclusión procesal, ya que pueden presentarse en cualquier etapa de la presente acción tutelar, inclusive en etapa de revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.