SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2018-S1
Fecha: 13-Ago-2018
II.4.
II.4. La APS mediante nota CITE: APS-EXT.I/DPC/2526/2016 de 18 de julio de 2016, dirigida al accionante, haciendo referencia a la carta de 28 de junio, presentada por este (fs. 21 a 23), le indicó que mediante nota CITE: APS-EXT.DE/440/2016 de 15 de febrero, esa autoridad ya le comunicó que los requisitos para el acceso a Retiro Final, se encontraban previstos en el art. 2 parágrafo XVII del DS 1888 que modificó el art. 172 del Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley de Pensiones; y revisados los mismos, la cobertura del desempleo y pérdida de empleo citado en el art. 45.III de la CPE, no sería parte de la estructura que corresponde al Sistema Integral de Pensiones (SIP) y la Ley de Pensiones como norma específica del sector, establece la forma de otorgar los retiros mínimos o retiro final, señalando que en caso que el asegurado no cumpla con requisitos para acceder a una prestación o pago del Sistema Integral de Pensiones o tenga una renta en curso de pago del Sistema de Reparto, podrá acceder al Saldo Acumulado en la Cuenta Personal Previsional, mediante Retiros Mínimos o Retiro Final, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el ya citado art. 2 del DS 1888, modificatorio del art. 172 del DS 0822, referido al Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley de Pensiones; indicando por ello que se le comunicó de manera detallada que de acuerdo a la identificación de sus datos, no cumpliría con los requisitos para el acceso al Retiro Final; con dichos argumentos se ratificó el contenido de la nota APS-EXT.DE/440/2016 (fs. 41 a 43).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- consagrada en el art. 45.III de la CPE por la vía reglada por el art. 81 de la Ley de Pensiones
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- realizada dentro de los cinco días de acuerdo a lo establecido en el art. 20 del DS
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.4.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.5.2.
- II.5.3.
- II.5.4.
- II.5.5.
- II.5.10.
- Fragmento 21
- III.1. Supuestas irregularidades procesales en una acción tutelar no pueden ser reclamadas a través de otra acción tutelar
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Con relación a la supuesta ilegal notificación con la Resolución
- III.3.2. Sobre las supuestas vulneraciones del Ministro
- Fragmento 27
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en todo