SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2018-S3
Fecha: 14-Ago-2018
Fragmento 32
En ese sentido, se entiende que los empleadores se encuentran en la obligación de tener previstas circunstancias ordinarias y extraordinarias en su presupuesto para casos relacionados a la seguridad social (enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y pérdida de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda, asignaciones familiares y otras previsiones sociales), y por lo tanto no pueden dejar de cumplir sus obligaciones alegando una falta de presupuesto o un posible daño económico al Estado, ya que un entendimiento contrario implicaría que la jurisdicción constitucional se torne en ineficaz y que la tutela de derechos fundamentales sea teórica y no material, permitiendo la existencia de lesiones a derechos y garantías fundamentales, por falencias estructurales y/o administrativas que de ninguna manera pueden ser soportadas por las personas naturales de nuestro Estado, debido a que la vigencia de derechos fundamentales y su eficacia máxima no se encuentran supeditados a los errores estructurales de la administración del Estado, sino que los derechos perviven y se materializan independientemente a sus falencias”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- admita
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.19.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a menores de edad, mujeres embarazadas o con hijos lactantes, a personas de la tercera edad, enfermos graves
- determinadas circunstancias
- III.2. Protección del derecho a la salud vinculado al derecho a la vida
- El derecho a la seguridad social
- III.4. Estabilidad laboral reforzada de las personas que sufren determinadas enfermedades o que tengan incapacidad temporal
- vulnerabilidad
- universalidad,
- Fragmento 31
- Fragmento 32
- Fragmento 33
- Durante el trámite de solicitud de renta la empresa no podrá despedir al trabajador
- REVOCAR
- ii)
- iii)