SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2018-S2
Fecha: 14-Sep-2018
III.2. La excepcionalidad de la detención preventiva de las personas adultas mayores
La vulnerabilidad de las personas adultas mayores en la temática que se desarrolla -detención preventiva-; merece un análisis desde un enfoque interseccional[3] o discriminación múltiple, que se constituye en una perspectiva de análisis útil para identificar las situaciones y requerimientos de los grupos vulnerables, la complejidad y la diversidad de las fuentes que generan la discriminación de los mismos; este enfoque se introdujo en el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos como un criterio de interpretación sobre la violencia contra las mujeres; empero, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), ampliaron su aplicación al análisis de la discriminación de otros grupos en situación de vulnerabilidad.
En este sentido, es importante considerar que cuando una persona adulta mayor es privada de su libertad mediante la aplicación de una medida cautelar de carácter personal como es la detención preventiva, nos encontramos ante dos categorías sospechosas de discriminación; esto es, por su edad y por su condición de privada de libertad; lo cual, podría derivar en una discriminación múltiple, al configurarse el carácter compuesto en las causas de la discriminación; y bajo este contexto, es indudable que la vulnerabilidad de las personas adultas mayores se agrava; razón que determina que se asuman determinadas acciones para evitarlo.
- acción de libertad
- I.1.1
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- los
- enfoques específicos
- Los Estados Parte asegurarán que la persona mayor disfrute del derecho a la libertad y seguridad personal y que la edad en ningún caso justifique la privación o restricción arbitrarias de su libertad
- promoverán medidas alternativas respecto a la privación de libertad
- la promoción de la libertad
- grupos vulnerables- por lo que el Estado
- III.2. La excepcionalidad de la detención preventiva de las personas adultas mayores
- Fragmento 21
- III.3. Sobre el principio o test de proporcionalidad en la aplicación de la detención preventiva a partir de un enfoque interseccional
- cuando sea indispensable para asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley
- Cuando exista duda en la aplicación de una medida cautelar o de otras disposiciones que restrinjan derechos o facultades del imputado, deberá estarse a lo que sea más favorable a éste
- i)
- a.1)
- b.2)
- b.3)
- III.5.
- cuáles fueron los elementos de convicción y supuestos que determinaron la imposición de la detención preventiva
- III.6. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- la razonabilidad
- Fragmento 33
- III.8. Análisis del caso concreto
- Fragmento 35
- III.8.1. Análisis de la actuación del
- la cesación de la detención preventiva
- Fragmento 38
- III.8.2.
- a cualquier elemento probatorio que no hubiera sido considerado
- R
- 2)
- MAGISTRADA
- en forma interseccional
- sana crítica