SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2019

Fecha: 20-Nov-2019

Juicio de constitucionalidad

En el marco de lo expuesto supra, se concluye que la previsión de la norma impugnada (art. 37.IX de la Ley 915), no es contraria al derecho de asociación, en el entendido que únicamente, en virtud al periodo de transición que supuso la implementación de la carrera notarial y la conformación de las estructuras del Notariado Plurinacional, determinó como Disposición Transitoria Octava de la LNP, que mientras no se efectuaré el proceso de selección y nombramiento de las y los nuevos notarios de fe pública y se conforme, precisamente, la Asociación Nacional del Notariado, reconociendo más bien su existencia, el Consejo del Notariado Plurinacional, sesionaría sin la presencia de los dos representantes de la misma; normativa incorporada, por cuanto, al no estar aún conformada tal Asociación, en mérito, se reitera, al proceso de transición y al proceso de selección de los notarios de carrera, no podía constituirse el Consejo del Notariado Plurinacional, con los dos representantes señalados en el art. 5.I inc. d) de la LNP.

Siendo, en consecuencia, solo una norma transitoria, como su propio nomen iuris lo expresa, entre tanto, fuera conformada la Asociación Nacional del Notariado; por lo que, a la fecha, claramente, los dos representantes de la misma, tienen participación en el Consejo del Notariado Plurinacional, encontrándose dentro de su estructura, al tenor del                 art. 5.I inc. d) de la LNP, en respeto y armonía con el derecho de asociación constitucionalmente consagrado.

Razones por las que, acorde con la jurisprudencia descrita precedentemente, respecto a los alcances del derecho de asociación, se evidencia que el precepto legal impugnado no restringe de manera alguna el ejercicio de dicho derecho, por cuanto se limita a establecer una Disposición Transitoria, hasta la conformación de la Asociación del Notariado Nacional, con los notarios y notarias de fe pública de carrera, designados a través del proceso de selección respectivo, enmarcado a la carrera notarial regulada en la actualidad.