SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2019-S2

Fecha: 18-Dic-2019

en cuestiones

De lo hasta aquí referido, se evidencia que la nulidad de obrados impetrada por la accionante, se tramitó en la vía incidental; toda vez que, tuvo su origen en cuestiones distintas (la nulidad de actos procesales dentro de la demanda ordinaria de usucapión seguida en su contra, -según acusó- por tramitarse la causa en una jurisdicción ajena a su domicilio y a la ubicación del bien objeto del litigio; inobservando las reglas de competencia e incurriendo en irregularidades respecto a la notificación con la demanda), al objeto principal del pleito (que se enmarcaba en demostrar la existencia de hechos configurativos de la usucapión demandada en relación a un bien inmueble). En tal mérito, se pronunció el Auto Interlocutorio de 2 de octubre de 2018 (objeto del recurso de apelación), que además en su parte inicial, establece que su emisión se produce “En resolución al incidente de nulidad…” (sic).