SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2019-S2

Fecha: 27-Dic-2019

falta de un debido proceso  en el caso presente

Desde luego tampoco existe compatibilidad con las normas de la comunidad descritas en el citado Informe Técnico de Campo 013/2019, respecto de su art.6 inc. i) del Estatuto Orgánico de la Comunidad de Cocal anexo al mismo, en el cual expresamente determina que un derecho de la comunidad el acceso a la tierra de forma equitativa para hombres y mujeres, reconociéndose además la existencia de ciertas flexibilidades en el caso de mujeres viudas y madres solteras respecto al acceso a la tierra, aunque no se especificó en qué consisten éstas; constituye un deber de la comunidad “denunciar todo acto de violencia contra las mujeres, hombres, niños y niñas ante las autoridades de la comunidad” (sic); por lo que se advierte incluso la falta de convicción de los comunarios a quienes se entrevistó con la decisión asumida respecto a la demandante de tutela, al extremo de manifestarse que hubo presiones para la firma del acta, situación que debe ser aclarada y tratada al interior de la misma comunidad sin ningún tipo de injerencia ni presión externa a ésta, concluyendo en este punto que definitivamente no existe compatibilidad de la decisión de la Comunidad Campesina Cocal contenida en el Acta de 1 de julio de 2018 con sus propias normas y procedimientos que tienen y aplican en este tipo de casos.