SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante, denuncia la vulneración de sus derechos a la igualdad y no discriminación en razón de su condición económica y social; a la no violencia, a los de la niñez, adolescencia y juventud; al acceso del deporte y recreación sin distinción de pertenencia social, cultural o de cualquier índole, al desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en su nivel competitivo; y, a la petición por no haber obtenido una respuesta formal y pronta; toda vez que, mediante Nota de 22 de junio de 2018, solicitó al Presidente de la FBT –ahora demandado– la nominación de su hija AA como tercera jugadora al torneo sudamericano de tenis; por lo que, al no haber publicado la nómina de las jugadoras elegidas para dicho torneo, el 3 de julio de igual año reiteró al demandado que su hija AA sea nominada para el aludido campeonato, considerando que cumplió los requisitos establecidos en el Reglamento del Circuito Nacional Menores 2018; empero, el mismo día al enterarse que fue elegida otra jugadora, por Nota presentada el 5 de similar mes y año, recalcó su solicitud e impugnó a su vez la elección de la tercera jugadora para participar en la referida competencia internacional; en consecuencia, el ahora demandado el 9 de idéntico mes y año, le respondió a las primeras Notas y no así a la última mencionada; no obstante, sin indicar cuál sería el criterio de la mencionada Federación para justificar un procedimiento inventado que dio lugar a la nominación de otra jugadora y sin explicar por qué no se eligió a su hija AA, pese a que ella cumplió los requisitos enunciados por el referido Reglamento, además de no fundar su respuesta en la normativa correspondiente; finalmente, por Nota presentada el 10 del citado mes y año, pidió que se le haga conocer el fundamento reglamentario que se utilizó para dicha nominación; sin embargo, la misma tampoco fue respondida.