SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por Carlos Danilo Raznatovic Cruz –ahora tercero interesado–, en su contra y otra, por la presunta comisión del delito de estafa, se emitió la Resolución de imputación formal, contra la cual interpuso excepción de incompetencia en razón de materia, mereciendo Resolución 365/2016 de 17 de octubre, que declaró probada la referida excepción; a cuyo efecto, la parte denunciante –hoy tercero interesado– formuló recurso de apelación alegando que se desvalorizó a la víctima, se usurpó funciones y se favoreció conductas delictivas, entre otros. Extremos que conforme previene el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) limitaba a los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –ahora demandados– a solo contrastar dichos aspectos de la apelación y no otros para emitir su fallo; sin embargo de ello favoreciendo a los apelantes y subsanando inclusive dicho recurso, emitieron el Auto de Vista 182/2017 de 9 de agosto, revocando la Resolución 365/2016 y disponiendo la prosecución del proceso penal en su contra sin .

Señala que, en el Considerando II del Auto de Vista 182/2017 las autoridades demandadas hicieron un resumen casi textual de los argumentos de la apelación y en el Considerando III “…mermando los derechos de las personas procesadas (imputados), se dice de la manera más superficial y vaga, que corre en traslado el recurso de apelación incidental a las demás partes procesales y se dispone la remisión de obrados…” (sic).