SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

Por lo que, respecto a ésta problemática corresponde conceder la tutela impetrada.

Respecto a que las autoridades ahora demandadas no se pronunciaron sobre el reclamo original relativo a la falsedad de la jurisprudencia citada, ni mucho menos la revisaron siendo ese el límite que tenía para pronunciarse. De la lectura y análisis efectuado al recurso de apelación formulado por el ahora tercero interesado y la resolución ahora observada, se advierte que como segundo punto de agravio, también denunció que la prueba presentada por contrario y la jurisprudencia con la que pretendían apoyar sus argumentos, vulnera el art. 2 de la Ley del Ejercicio de la Abogacía; ya que, realiza citas falsas de jurisprudencia y doctrina, consiguiendo engañar a la sana administración de justicia; aseveración que evidentemente no fue contestada por las autoridades ahora demandadas conforme se analizó inicialmente en los incisos III.2.1 y III.2.2 de éste fallo constitucional. Por lo que, respecto a ésta problemática corresponde conceder la tutela impetrada.