Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2019-S1
Fecha: 17-Abr-2019
II.2.
II.2. Marvin Yeri Borda Escalante, a través de la nota de 6 de abril de 2018, dirigida a la Responsable del Proceso de Contratación Apoyo Nacional a la Producción y Empleo-RPA del GAM de Cochabamba, hizo llegar la documentación requerida dentro del proceso de contratación con CUCE
18-1301-00-826094-1-1 ANPE 01446/2018 (fs. 7); así como el Poder Amplio Especial y Suficiente conferido por el impetrante de tutela a favor de Roselvis Umaña Lijeron (fs. 17 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- la notificación se dará por realizada en la fecha de publicación de la Resolución en el SICOES
- a partir de la fecha
- Fragmento 24