SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

Consejo de la Magistratura

En éste sentido, es menester puntualizar que conforme se ha desglosado y desarrollado en los Fundamentos Jurídicos III.2 y 3 de este fallo constitucional; la implementación plena de la parte orgánica de la Constitución referente al Órgano Judicial, obligó a un periodo de transición que conllevó a la necesidad de su regulación normativa. Consecuentemente; y, sin dejar de considerar su condición de madre de un niño menor de un año, se encuentra antepuesta su calidad de servidora del Consejo de la Magistratura (parte del Órgano Judicial); y, la aplicación de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, denominada “Ley de Transición para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional”; así como el resto de la normativa que declaró la transitoriedad de todos los cargos del Órgano Judicial. Bajo el mismo razonamiento, los servidores del Registro Público de DD.RR., se encuentran cumpliendo sus funciones con base en la Disposición Transitoria Séptima de la LOJ, que estableció que continúen prestando sus funciones sujetos a las normas anteriores; en tal virtud, el ingreso por invitación directa de la accionante no se sujetó a arts. 87 y ss. del DS 27957 que amplió, modificó y actualizó el Reglamento de 5 de diciembre de 1888; tampoco responde a una Ley especial que regule el Servicio de Registro de DD.RR. respecto a las formas de ingreso y permanencia en la carrera administrativa; y, no obstante a que -como se tiene desglosado en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional-, el Consejo de la Magistratura cuenta con las facultades para realizar la designación del personal del aludido Servicio (que se encuentra bajo su dependencia); sin embargo, tal designación resulta transitoria en tanto no se defina su situación jurídica mediante una ley especial.