SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

es aplicable siempre que exista un supuesto fáctico análogo

De lo referido, es menester establecer que el carácter vinculante del precedente constitucional -contenido en la ratio decidendi-, es aplicable siempre que exista un supuesto fáctico análogo; asimismo lo estableció el AC 0004/2005-ECA de 16 de febrero[2] y SC 0186/2005-R de 7 de marzo[3]. Consecuentemente, resulta inviable aplicar la jurisprudencia pretendida por la accionante en el presente análisis porque como se tiene dicho, los supuestos fácticos no son análogos pues no atañe una problemática respecto a los servidores del Órgano Judicial. En similar sentido, la SCP 1424/2015-S2 de 23 de diciembre, también invocada; no resulta aplicable al caso pues tampoco consideró una problemática análoga a la que nos ocupa; sino que, resolvió un caso que versaba sobre la situación laboral de una servidora del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, que no estaba alcanzada por las normas del Órgano Judicial.