SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

concedió

El Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 09/2019 de            10 de enero, cursante de fs. 542 a 549 vta., por la que concedió la tutela solicitada y dispuso que: 1) Los Gobiernos Autónomos Municipales de Nuestra Señora de La Paz y El Alto, en el marco de sus competencias garanticen el acceso continuo a todos los servicios de salud en los centros médicos, hospitales públicos de primer y segundo nivel de ambos municipios; garantizando que la atención sea normal; y, en caso de verificarse su interrupción o falta de servicio, incumpliendo de sus deberes correspondería aplicar las normas pertinentes para instaurar los procesos internos administrativos y legales correspondientes a cada entidad municipal; 2) El Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y el SEDES, supervisen que los Gobiernos Autónomos Municipales demandados, presten la atención de salud de forma ininterrumpida en los centros de salud de primer, segundo y tercer nivel; según sus competencias legalmente establecidas; 3) El Ministerio de Salud, realice seguimiento a las acciones que ejercen el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y el SEDES para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de salud en hospitales públicos de su dependencia; y, 4) Con la aclaración de que la Resolución emitida no limitaba ni restringía el derecho a la “huelga protesta” (sic); sino que disponía que para su ejercicio se observe el art. 53 de la CPE.