SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 4 de septiembre de 2018, se hizo pública la información sobre la implementación del Seguro Universal de Salud (SUS); a cuya consecuencia, el sector médico generó medidas de presión paralizando los servicios de salud el             18 y 19 de diciembre de igual año, con una incidencia del 80% a nivel nacional           -según informaron representantes de los galenos-; a ello se sumó el anuncio de una medida que suspendía indefinidamente la actividad del sector médico, hasta que el Gobierno Central convoque a una mesa de diálogo que se programó para el 27 del mismo mes y año; empero, el gremio movilizado no asistió y anunciaron un nuevo paro el 3 y 4 de enero de 2019. Agregó que el dirigente del Sindicato de Ramas Médicas en Salud Pública (SIRMES) de La Paz, afirmó que la precitada medida contaría con el apoyo de la seguridad social y del sector público y tanto el sector público como privado. 

No obstante al derecho a la huelga de los médicos -que aclaró que no era ilimitado-, se actuó en desmedro del derecho colectivo a la salubridad y el principio de continuidad del servicio de salud, cuyo objeto era asegurar de forma ininterrumpida, constante y permanente la prestación de dicho servicio; además, considerando su conexión directa con el derecho a la vida en condiciones de dignidad y de calidad. Indicó que los efectos de un paro médico eran responsabilidad del Estado -según concluyó a partir de la SCP 1104/2017-S2 de 18 de octubre-; y, tratándose de un “…paro en el subsistema público de atención médica…” (sic), considerando que los centros hospitalarios de dicho nivel eran responsabilidad de las Gobernaciones; a través de las Direcciones Departamentales de Salud y los Gobiernos Municipales; acusó que, las autoridades demandadas debían asumir acciones para garantizar la continuidad del indicado servicio, más aun tomando en cuenta que el paro incluía a servidores públicos dependientes de las precitadas instituciones y el Ministerio de Salud.

Finalmente, afirmó que un grupo de personas en defensa de una posición sectorial, no podían perjudicar a la colectividad; y en particular el sector médico registraba múltiples y constantes paros que iban en desmedro de la población, como la paralización de sus servicios por cuarenta y cinco días, desde noviembre de 2017, exigiendo la abrogación del Código del Sistema Penal; por otra parte, aclaró que no era suficiente disponer la prestación a través del servicio de emergencias que además de colapsar por la cantidad de personas que acuden al mismo; de igual forma, se postergaban cirugías, atenciones y tratamientos de carácter urgente afectando inclusive a sectores vulnerables de la población.