SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

el caso resuelto por esa Sentencia es también diferente al que se resolvió por la SC 77/2005-R

[2] El AC 0004/2005 de 16 de febrero, en su Fundamento Jurídico II.2.4., resolviendo la solicitud de aclaración sobre la pretendida aplicación de la línea jurisprudencial establecida en la SC 077/2005, se estableció que: “…el caso resuelto por esa Sentencia es también diferente al que se resolvió por la SC 77/2005-R, pues en aquél el recurrente que alegaba persecución indebida estaba ejerciendo como abogado de la defensa, lo que no sucede en el caso del hoy … situación que marca la diferencia con el caso resuelto por la SC 736/2003-R, cuya línea jurisprudencial por las razones expuestas no era de aplicación para la problemática planteada por los recurrentes, por lo mismo no cabe hacer aclaración alguna…” (las negrillas y subrayado nos corresponden).