SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

los supuestos fácticos de la problemática planteada en el presente amparo constitucional no son análogos con los supuestos fácticos de las problemáticas resueltas por las                                      SSCC 1075/2003-R y 1146/2003-R

[3] La SC 0186/2005-R de 7 de marzo, en sus Fundamentos Jurídicos III.2.1 al III.2.4 analizó la aplicación de la SC 1146/2003-R de 12 de agosto, para resolver el caso concreto solucionado por la SC 1075/2003-R, determinó que ésta última efectuó la aplicación de su antecesora tras identificar supuestos fácticos análogos; sin embargo, concluyó que dicha jurisprudencia no era aplicable al caso, en razón a que: “En consecuencia, los supuestos fácticos de la problemática planteada en el presente amparo constitucional no son análogos con los supuestos fácticos de las problemáticas resueltas por las                                      SSCC 1075/2003-R y 1146/2003-R, cuya jurisprudencia invoca el recurrente como fundamento central para impugnar la decisión de las autoridades judiciales recurridas. Por lo tanto, la jurisprudencia invocada por el recurrente no es aplicable a la resolución de la problemática planteada en el presente amparo constitucional” (énfasis añadido).