DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2019

Fecha: 31-Jul-2019

II.7.

II.7.    Cursa copia simple del acta de antecedentes de 19 de noviembre de 2016, en el que las autoridades y los afiliados de la comunidad Iquilluyu, detallaron las conductas y desacato de Zenobio Herrera Chambi, señalando que: primero, cuando ejercía el cargo de Presidente de Junta Educativa, desobedeció a la Comunidad respecto a su responsabilidad de realizar la excavación para la instalación de agua potable para la Unidad Educativa de la comunidad, de modo que dicha obligación fue cumplida por el conjunto de los afiliados; segundo, encanchonó el pozo o el lugar donde filtra el agua, en perjuicio de toda la comunidad; tercero, cuando asumió el cargo de Secretario de Relaciones, firmó el acuerdo de construcción de un puente, posteriormente se retractó del mismo, lo que provocó que la comunidad pierda un financiamiento de Bs130 000.- (ciento treinta mil bolivianos); cuarto, cuando el 2016 se pretendía ejecutar la construcción del referido puente, también fue rechazado y perjudicado por la misma persona; quinto, intervino en el desarrollo de las actividades de la empresa “ESMICAL”, alegando ser propietario de una parcela, cuando dicha afirmación no era cierta; y, sexto, el 2016, se rehusó a recoger dos regalías, lo que provocó que no se pueda coordinar y consensuar con la Comunidad en su conjunto (fs. 134 y vta.).