DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2019

Fecha: 31-Jul-2019

podrá plantearse en cualquier momento sea antes de emplearse al caso concreto o después de haberlo hecho

Finalmente, en cuanto a la oportunidad para promoverla y su naturaleza, la DCP 0008/2014 de 25 de febrero, concluyó que este tipo de consultas “(…) podrá plantearse en cualquier momento sea antes de emplearse al caso concreto o después de haberlo hecho, en razón a que la norma de desarrollo no establece de manera expresa el momento en que podrá efectuarse y porque no se encuentra dentro del ámbito de control previo de constitucionalidad. Finalmente, tendrá que considerarse que se trata de una jurisdicción cuyo sistema jurídico, en su generalidad, no es escrito y su ejercicio se sustenta en su propia cosmovisión a través de sus normas, instituciones y procedimientos propios, que no cuenta con etapas procesales claramente definidas y tampoco concluye con determinaciones que tengan carácter definitivo, sino de decisiones que en busca del equilibrio y armonía son susceptibles de modificarse en cualquier momento, de ahí su carácter dinámico, por ser una jurisdicción con una producción normativa constante” (las negrillas nos corresponden).

En el marco de los criterios desarrollados precedentemente, se entiende que la consulta de las autoridades indígena originaria campesinas sobre la aplicación de sus normas jurídicas a un caso concreto, es un mecanismo procesal consultivo que tiene por objeto compatibilizar las normas jurídicas de las NPIOC con la Constitución Política del Estado y las normas contenidas en el bloque de constitucionalidad, siempre en procura de garantizar la supremacía constitucional; en consecuencia, está legitimada para su activación toda autoridad indígena originaria campesina en la que se generen dudas sobre la constitucionalidad de normas (escritas u orales) que pretendan ser aplicadas a un caso en concreto, no constituyéndose en un mecanismo de revisión o control ex - post acerca del contenido de las decisiones o determinaciones asumidas por las autoridades indígenas en la resolución de problemáticas concretas.