SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2019-S1

Fecha: 22-Jul-2019

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, a través de la Resolución 05/2018 de 13 de febrero, cursante de fs. 214 vta. a 216 vta., denegó la tutela solicitada sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) Si los actos emergentes del procesamiento no ponen en riesgo la libertad y no ocasionan su restricción no podrían ser evaluados y considerados a través de esta acción tutelar, correspondiendo su tratamiento una vez agotados todos estos medios intra procesales a la acción de amparo constitucional como un medio de defensa idóneo en la jurisdicción constitucional; 2) Se debe entender que en esa audiencia simplemente se hizo mención a los agravios sufridos dentro del debido proceso; empero, se debe considerar que las medidas cautelares como tales no causan estado y pueden ser modificadas en cualquier momento dado que por su naturaleza son mutables cuando cambian las circunstancias que motivaron su detención preventiva por su variabilidad y temporalidad; 3) El accionante cuestiona la fundamentación y motivación de la Resolución emitida por la Sala Penal Segunda de ese distrito judicial y de acuerdo al criterio jurisprudencial solo puede atacarse a través de la acción de amparo constitucional; y, 4) Lo que se pretende es que se revise el accionar de los Vocales demandados, atendiendo el cauce que hace al debido proceso, el cual debe ser asumido como un principio procesal aspecto que debe ser considerado a través de la acción de amparo constitucional.