SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2019-S1

Fecha: 22-Jul-2019

primer agravio

             En ese contexto, de la revisión del Auto de Vista, en relación al primer agravio descrito en el acápite anterior, se establece que las autoridades demandadas respondieron con una debida motivación y fundamentación; por cuanto, en relación al primer elemento referido se tiene que el Tribunal de apelación, luego de señalar que el Fiscal de Materia en base a los elementos de convicción, tales como el informe de intervención policial de 11 de octubre de 2018, el acta de declaración informativa, la ficha de información emitida por la división de trata y tráfico de personas, el registro emitido por la división de inteligencia criminal y sobre todo la captura de pantalla del celular de la víctima, dio a entender los motivos por los cuales la imputación formal cuenta con suficientes elementos de convicción que hacen ver que el imputado ahora accionante, presumiblemente estaría inmerso en la conducta del tipo penal de pornografía el mismo que está previsto y sancionado en el art. 323 bis párrafo primero del CP; es decir que señalando los elementos probatorios y la normativa penal aplicable al caso, cumpliendo con el debido proceso en su vertiente de fundamentación se explica que en el caso en examen concurre los supuestos de la probabilidad de autoría       -art. 233 del CPP-, aclarando que para dicho efecto en esta etapa inicial del proceso, tan solo se requiere ciertos elementos de convicción, siendo que la parte imputada no puede alegar o pretender que exista prueba plena o certeza del hecho atribuido, concluyendo por tanto que el Juez a quo si obró con logicidad jurídica y razonabilidad.