SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2019-S1
Fecha: 30-Jul-2019
II.37.
II.37.Cursa fotocopias legalizadas del expediente agroambiental con asiento judicial en Concepción, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz en el que constan Certificaciones de la Central Inter Étnica de Ascensión (CIEA) de 11 de junio de 2014; de COPNAG de 9 de septiembre de igual año, de la Comunidad Campesina “Panorama” del municipio Guarayos de 8 de febrero de 2016; entre otros, identificando a Diedrich Wiebe Giesbrecht, como propietario del predio “Primavera”; fotocopia legalizada del memorial de 23 de octubre de 2017, por el cual el accionante solicitó al Juzgado Agroambiental la realización de un inspección judicial para la verificación de la posesión y cumplimiento de función social; y, acta de inspección judicial in situ al predio “Primavera” ubicado en el cantón San Javier, sección Segunda, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz llevada a cabo el 17 de noviembre del mencionado año (fs. 488 a 585 del Anexo).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- a)
- auto de intimación
- 1)
- NO ADMISIÓN DEL RECURSO DE REVOCATORIA
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.23.
- II.24.
- II.25.
- II.26.
- II.27.
- II.28.
- II.30.
- II.32.
- II.33.
- II.34
- II.35.
- II.36.
- II.37.
- II.38.
- II.39.
- II.41.
- II.42.
- II.43.
- II.44.
- II.46.
- II.47.
- II.48.
- II.50.
- II.51.
- II.52.
- II.54.
- II.60.
- II.61.
- II.62.
- II.63.
- II.64.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional que forme parte de las vías legales ordinarias o administrativas
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional y/o administrativa de otros tribunales e instancias administrativas del Estado.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 65
- Fragmento 66
- DIEDRICH WIEBE
- REVOCAR