SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2019-S1
Fecha: 30-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de legalidad, motivación y fundamentación; a la defensa; a la propiedad privada; al trabajo; al acceso a la información; y, a la petición, pues considera que las autoridades demandadas a su turno, incurrieron en medidas de hecho pues a partir de la emisión del Informe Técnico JRLL-SCN-INF-SAN 1253/2014 de 25 de julio, se modificó el plano que formaba parte indisoluble de la RA RA-ST 0122/2010 de 3 de mayo -Resolución Final de Saneamiento-, contraviniendo la normativa agraria y sin dar publicidad ni transparencia a dicha actuación, lo que ocasionó que su propiedad -predio “Primavera”- sea considerada en calidad de tierra fiscal, vulnerando su derecho como subadquirente de buena fe lo cual conllevó a determinar la autorización de asentamiento de la comunidad campesina “La Selva” en las 500 ha, consideradas por el INRA como tierra fiscal mediante una segunda Resolución Administrativa y como consecuencia de ello, se emitió la Intimación DDSC-UDAJ-INT. 037/2018 de 18 de mayo y Orden de lanzamiento de 25 de septiembre del mismo año, actuaciones administrativas por las que se procedió a su desalojo, omitiendo el procedimiento dispuesto por el DS 29215; asimismo, una vez impugnadas dichas actuaciones las mismas fueron respondidas con el argumento de que su persona no cuenta con interés legal y que el acto administrativo no es susceptible de impugnación.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- a)
- auto de intimación
- 1)
- NO ADMISIÓN DEL RECURSO DE REVOCATORIA
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.23.
- II.24.
- II.25.
- II.26.
- II.27.
- II.28.
- II.30.
- II.32.
- II.33.
- II.34
- II.35.
- II.36.
- II.37.
- II.38.
- II.39.
- II.41.
- II.42.
- II.43.
- II.44.
- II.46.
- II.47.
- II.48.
- II.50.
- II.51.
- II.52.
- II.54.
- II.60.
- II.61.
- II.62.
- II.63.
- II.64.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional que forme parte de las vías legales ordinarias o administrativas
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional y/o administrativa de otros tribunales e instancias administrativas del Estado.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 65
- Fragmento 66
- DIEDRICH WIEBE
- REVOCAR