SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2019-S4
Fecha: 07-Ago-2019
II.1.
II.1. El 11 de diciembre de 2018, Gaby Rentería Ríos, Directora General del Colegio Seminario San Cristóbal, remitió al Director Distrital de Educación Sucre el “Informe sobre aprovechamiento educativo del alumno Luis Felipe Barrera Cruz”, respondiendo a la denuncia de Rosa Fabiola Cruz (madre del precitado alumno), cuyo contenido sostiene que la denunciante ya conocía la situación académica de su hijo, desde mediados del primer bimestre; además de que fue citada reiteradamente para las reuniones y entrevistas de aprovechamiento académico, en las que se le comunicó que su hijo se encontraba reprobado hasta en nueve áreas; se comunica además que se trató de emplear diferentes estrategias educativas con el objeto de mejorar el aprovechamiento académico de este estudiante, pero no hubo el acompañamiento de los padres de familia (fs. 8 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la educación en el ámbito interno y convencional
- III.2.
- III.3. Marco normativo en cuanto al desarrollo curricular
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- pero no mencionó en parte alguna de su informe si aplicó a sus evaluaciones alguna de las cuatro dimensiones del aprendizaje (saber, hacer, ser y decidir).
- es necesario advertir que tales elementos no fueron mencionados en su primer informe, presentado en diciembre de 2018
- se advierte que menciona las dimensiones del “saber” y del “hacer” como elementos a ser evaluados, pero no cita ni aplica las dimensiones del “ser” ni del “decidir”.
- III.4.1. Sobre el incumplimiento de la normativa educativa
- III.4.2. Otras consideraciones
- CONFIRMAR