SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2019-S1

Fecha: 07-Ago-2019

Fragmento 24

En lo que respecta al art. 235.1 y 2 del CPP, se considera que los fundamentos expuestos no fueron incisivos y las Sentencias Constitucionales Plurinacionales no fueron desglosadas en cuanto a la parte aplicativa, concretando de manera esencial, a efectos de su vinculación, cuál sería el razonamiento esencial para la determinación asumida; por el contrario, la Sala advierte que la “sentencia judicializada” se pronunció motivada en la ausencia de fundamentación, más allá de la concreción de que estando libre “…se considera que existe otros elementos que no han sido de manera concreta criticados en esta audiencia…” (sic); razones por las que se considera que no se generó un agravio, siendo la actuación del Juez correcta dado que la detención preventiva responde a la existencia de un supuesto de orden substancial y riesgos de orden procesal.