Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2019-S3
Fecha: 09-Sep-2019
II.18.
II.18. Por memorial presentado el 3 de enero de 2017 ante el Tribunal Agroambiental, el impetrante de tutela, interpuso demanda contenciosa administrativa impugnando la RS 19357, pronunciada dentro del proceso de saneamiento del predio “Laguna Azul” y por memoriales de subsanación (fs. 38) presentados el 18 de abril y 16 de mayo del indicado año, modificó y amplió la demanda antes interpuesta (fs. 16 a 20 vta; 49 a 52 vta. y 56 a 59 vta).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER en parte