SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

1)

Karina Cahuana Morales, Fiscal de Materia, solicitando se deniegue la tutela impetrada, en audiencia sostuvo: 1) Se imputó al hoy accionante porque se le encontró transportando treinta y uno gramos de marihuana para su comercialización; 2) El presente acto no es una audiencia de cesación de la detención preventiva, debiendo considerarse lo dispuesto por los arts. 125 de la CPE y 47 del Código Procesal Constitucional (CPCo), a través de los cuales se podrá establecer si acreditó o no la vulneración de su derecho a la libertad vinculado con el debido proceso; y, 3) La SCP 0565/2015-S1 de 1 de junio, señala que para la procedencia de la acción de libertad relacionada con el debido proceso debe cumplir con dos presupuestos como son demostrar que está vinculado con la libertad y el estado absoluto de indefensión; por lo que, el resto de los casos es tutelado por la acción de amparo constitucional, debiendo haberse acudido a esa vía al no demostrarse que el debido proceso esté vinculado “…con el Sr. Iván Marcani…” (sic) y menos que existió estado de indefensión.