SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2019- S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2019- S2

Fecha: 17-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de la demanda -de pago de alquileres devengados e incumplimiento de contrato- presentada en su contra, se fijó audiencia preliminar para el 29 de noviembre de 2018, a la cual no asistieron los demandantes ni su abogado; por lo que, mediante Auto de la misma fecha se les concedió el plazo de tres días (según el art. 365.II del Código Procesal Civil [CPC]), para justificar de manera documental su ausencia. Sin embargo, mediante Auto Interlocutorio de 14 de enero de 2019, la Jueza de la causa prosiguió la tramitación, no obstante a que los demandantes presentaron su justificativo un día después de vencido el precitado plazo, acompañando un certificado médico en papel común, sin fecha de emisión y referido sólo a Julieta Cabrera de Arancibia; por lo que, interpuso el recurso de reposición bajo alternativa de apelación.