SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2020-S1

Fecha: 13-Oct-2020

a una justa remuneración

Ahora bien, considerando que la lesión de los derechos de los ahora peticionantes de tutela emergió de una desvinculación arbitraria, intempestiva e indebida por ilegal; es necesario pronunciarse respecto al pago de salarios o sueldos devengados que si bien no fue solicitado, en mérito al principio iura novit curia que rige las acciones tutelares, de inicio debe señalarse que, la       SC 0657/2007-R –referida en el proemio de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional– sostuvo que el derecho al ejercicio a la función pública implica una realidad fáctica que satisface las necesidades económicas y laborales del ciudadano electo, de ahí que, puede decirse que dicho derecho se halla vinculado implícitamente a los derechos al trabajo y a una justa remuneración; por lo que, a efecto de garantizar una efectiva protección de los derechos de los accionantes, se debe cancelar los sueldos devengados y demás derechos sociales que correspondan desde su desvinculación arbitraria e ilegal hasta la efectiva restitución.

Finalmente, respecto a la solicitud de daños y perjuicios ocasionados, en virtud a lo establecido en el art. 113.I de la CPE, al haberse evidenciado la lesión de derechos fundamentales, corresponde determinar en favor de los accionantes el resarcimiento de daños y perjuicios, cuantificables en ejecución de sentencia ante la Sala Constitucional.