SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2020-S1

Fecha: 13-Oct-2020

III.3.

La renuncia es concebida como el acto en virtud del cual una persona hace manifiesta, de manera escrita, su voluntad espontánea, consciente e inequívoca de separarse de la labor que desempeña y cesar en el ejercicio del cargo que le fue encomendado. En ese sentido, se tiene que, la renuncia es un acto formal, respecto del cual la voluntad se constituye en un elemento esencial que no puede encontrarse viciado por algún tipo de violencia, instigación, incitación y/o presión proveniente de terceros