SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2020- S2
Fecha: 12-Nov-2020
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante señaló como lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes de debida fundamentación, motivación, congruencia y valoración razonable de la prueba; toda vez que, el proceso de contrabando contravencional que siguió contra la empresa de transporte “Pelican del Altiplano”, “Constancio Vargas” -hoy tercero interesado- y otros; fue anulado por la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 1805/2018, hasta la notificación del Acta de Intervención GRORU-GRGORU-0051/11 (Conclusión II.2), no obstante a que tanto la Resolución Sancionatoria como el Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria AN-GRORU-SET-PIET 1086/2014 habían adquirido carácter de firmeza administrativa. En tal contexto, acusó que al resolver el recurso de alzada, no se aplicó correctamente la normativa legal vigente, ni se valoraron debidamente los antecedentes administrativos, resultando infundado el pronunciamiento de alzada, al incumplir el art. 211 de la Ley 3092. Agregó que la ARIT sobrepasó sus facultades, al admitir la impugnación de un título de ejecución firme, además fuera de las causales contempladas en el art. 109.II del CTB; por lo que, transgredió la seguridad jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Acerca de la adecuada fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos de la garantía del debido proceso
- exige que toda resolución esté debidamente fundamentada
- En cuanto a los requisitos que debe contener una resolución administrativa en segunda instancia, la SCP 0275/2012 de 4 de junio[5], precisa que dicho fallo debe exponer los hechos y citar las normas que sustentan la decisión, además de pronunciarse sobre todos y cada uno de los aspectos impugnados en el recurso
- Fragmento 15
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- de forma
- respecto a la estructura de la Resolución con la finalidad de que la misma absuelva todos los puntos puestos a consideración del juzgador[15]
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- imposibilidad de que éste Tribunal, se pronuncie directamente acerca de una problemática
- se efectúa a partir de la última Resolución
- Sobre la presunta falta de análisis
- nulidad
- no cumplieron su finalidad
- incongruencia
- Constantino
- que no se valoraron los siguientes hechos
- ii
- falta de valoración de las notificaciones en Secretaría del aludido Acta de Intervención y mencionada Resolución Sancionatoria
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- [7]
- la sanción administrativa supone la privación de algún derecho o la afectación de algún interés
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis