SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2020- S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2020- S2

Fecha: 12-Nov-2020

III.2. Análisis del caso concreto

El accionante señaló como lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes de debida fundamentación, motivación, congruencia y valoración razonable de la prueba; toda vez que, el proceso de contrabando contravencional que siguió contra la empresa de transporte “Pelican del Altiplano”, “Constancio Vargas” -hoy tercero interesado- y otros; fue anulado por la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 1805/2018, hasta la notificación del Acta de Intervención GRORU-GRGORU-0051/11 (Conclusión II.2), no obstante a que tanto la Resolución Sancionatoria como el Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria AN-GRORU-SET-PIET 1086/2014 habían adquirido carácter de firmeza administrativa. En tal contexto, acusó que al resolver el recurso de alzada, no se aplicó correctamente la normativa legal vigente, ni se valoraron debidamente los antecedentes administrativos, resultando infundado el pronunciamiento de alzada, al incumplir el art. 211 de la Ley 3092. Agregó que la ARIT sobrepasó sus facultades, al admitir la impugnación de un título de ejecución firme, además fuera de las causales contempladas en el art. 109.II del CTB; por lo que, transgredió la seguridad jurídica.