SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2020-S4
Fecha: 04-Nov-2020
Fragmento 23
Afirmó, que el referido Auto de Vista 163/18, realizó incorrecta aplicación de la ley en el caso concreto, vulnerando el debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y congruencia, que tuvo como efecto la incorrecta e irracional valoración probatoria en el caso concreto; empero, el precitado AS 557/2019, no reparó ni restituyó tales derechos y errores, por ende, dicho fallo fuera arbitrario, restrictivo e ilegal, con aplicación y valoración indebida de la normativa y de la prueba aportada al proceso, realizando únicamente una relación y transcripción circunstanciada de los hechos y de los antecedentes justos y correctos que sustentaron las impugnaciones a las resoluciones de primera y segunda instancia, reconociendo tal decisión en forma irrazonable e inexplicable la existencia de una supuesta obligación contractual o relación jurídica entre las partes del proceso civil, que ameritó a su vez la incorrecta exigencia de rendir cuentas a la entidad ahora tercero interesado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el derecho a la defensa,
- congruencia
- motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados
- III.2.
- Fragmento 21
- III.3.
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- en la forma
- subsumiendo
- Fragmento 27
- CONFIRMAR