SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2020-S3

Fecha: 06-Nov-2020

1) Al debido proceso

En suma, los Árbitros hoy accionados al emitir la Resolución Arbitral de 21 de marzo de 2019, vulneraron sus derechos: 1) Al debido proceso, por declarar la ausencia de legitimación de manera injustificada, ignorando la verdad material que emergió de la prueba documental; 2) De acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva, al determinar su falta de legitimación para demandar, impidiéndoles lograr su pretensión. Además, realizaron apreciaciones falsas, puesto que el MOU demostró que la relación jurídica jamás se extinguió y que quienes suscribieron ese Memorando deben asumir tanto derechos como obligaciones por ser los titulares de la relación jurídica; por lo que también transgredieron el art. 120 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 3)De acción”, al indicar que sus personas -accionantes- eran simples suscriptores no legitimados; limitando y vulnerando su derecho a acudir a la vía arbitral a fin de dirimir controversias en procura de justicia; resaltando que la jurisdicción arbitral también se encuentra sujeta a las reglas básicas de todo proceso.