SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2020-S3

Fecha: 06-Nov-2020

cláusula compromisoria

El arbitraje se realiza, en principio, por la voluntad de las partes a través de una manifestación inequívoca (cláusula compromisoria) para resolver un conflicto por un tercero. Esa voluntad se encuentra traducida en el principio de autonomía de la voluntad, contenido en el art. 3 de la LCA, cuando determina que: “La conciliación y el arbitraje se sustentan en los siguientes principios: (…) Independencia. Por el que conciliadores y árbitros tienen plena libertad y autonomía para el ejercicio de sus funciones. (…) Voluntariedad. Por el que las partes, de forma libre y de mutuo acuerdo, acceden a un medio alternativo de solución de controversias” (las negrillas nos pertenecen).