SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2020-S4

Fecha: 12-Nov-2020

Fragmento 22

Corresponde ahora, referirse al argumento señalado por el accionante, relativo a que la Resolución impugnada no podía ser emitida por la misma persona que incumplió sus deberes, puesto que Eudal Tejerina del Castillo, no acreditó la razón por la que un acto administrativo debe ser considerado como una medida de protección; toda vez que, el inicio de proceso administrativo es una obligación establecida por norma; de manera que se deben sustanciar los procesos disciplinarios administrativos dentro del plazo legal correspondiente. Al respecto, la relación de antecedentes efectuada en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, evidencia que el inicio del proceso disciplinario era responsabilidad del Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación de Cercado del departamento de Tarija, y no del demandado quien ejerce el cargo de Director Departamental de Educación de Tarija, de donde no resulta evidente lo denunciado por el impetrante de tutela.