SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2020-S3

Fecha: 25-Nov-2020

1)

           1)    Se vulneró su derecho al debido proceso, ya que demostró que no cuenta con antecedentes disciplinarios, por lo que no es aplicable a su caso el art. 187.10 y 14 de la LOJ. El registro de ingreso de causas a despacho acreditó que el 6 de enero de 2017, a las 10:00 horas, los expedientes se encontraban corrientes; después del ingreso de dichos expedientes, a las 10:30 horas del mismo día, recién se puso corriente el expediente monitorio que originó la denuncia presentada en su contra. Así, la Jueza Disciplinaria hoy coaccionada al no considerar esas situaciones vulneró sus derechos a una interpretación constitucionalmente válida de la norma, y a la aplicación objetiva de la ley, transgrediendo los principios de legalidad, tipicidad, taxatividad, igualdad y el valor justicia;